Pasaporte - Embajada de Hungría

Pasaporte

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A petición del cliente, se puede emitir un documento de viaje que le da derecho a viajar al extranjero y regresar de allí. Para solicitar un pasaporte privado se requiere una presentación personal en el Consulado, donde el personal del Consulado tomará los datos biométricos del solicitante (huellas dactilares, fotografía, firma). Sólo los menores de 12 años podrán solicitar un pasaporte ante un cónsul honorario.
 
 
Solicitar un pasaporte:

Según las normas vigentes, el pasaporte húngaro no se renueva, ni se prórroga, sino se cambia. El pasaporte nuevo tendrá un número diferente del anterior, no hay un número constante para cada persona. Para iniciar el cambio de pasaporte es necesario presentarse en la Sección Consular de la Embajada de Hungría en la Ciudad de México. La Embajada de Hungría en México es el único lugar en México y en los países acreditados (Belize, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua) que tiene la facultad de tomar los datos biométricos (fotografía, huellas dactilares, firma) del solicitante de un pasaporte biométrico con vigencia de 10 años. Según las normas húngaras los Consulados Honorarios de Hungría no están autorizados para tramitar solicitudes de pasaportes (excepto las de menores de 12 años).  

El solicitante está obligado a proporcionar a la autoridad de pasaportes los datos personales que forman el contenido del documento de viaje al presentar la solicitud.

  • En el caso de un solicitante menor de 12 años, no es necesario presentarse personalmente, ya que no se tomarán datos de huellas dactilares, por lo que el/los representante(s) legal(es) deberán adjuntar a la solicitud una fotografía tipo identificación.
  • La solicitud también podrá presentarse por medio de apoderado si el estado de salud del solicitante -según certificado expedido por el médico tratante- no permite la comparecencia personal.

Al presentar una solicitud de documento de viaje, el solicitante está obligado a proporcionar a la autoridad de pasaportes sus datos personales que constituyen el contenido del documento de viaje solicitado, los documentos utilizados para verificarlos, su dirección residencial y dirección de notificación, así como su fotografía y firma manuscrita, si es mayor de 12 años y no es analfabeto o incapaz de escribir. La sección de firma del pasaporte de un solicitante que no sabe escribir o es analfabeto, o que es menor de 12 años, no contiene ninguna entrada. Aparte de las siguientes excepciones establecidas en la Sección 7(4) de la Ley XII de 1998 sobre Viajes al Extranjero, al solicitar un pasaporte, el solicitante está obligado a proporcionar a la autoridad de pasaportes sus datos biométricos (huellas dactilares) de conformidad con la segunda oración del Artículo 1(2) del Reglamento No. 2252/2004 del CE, de 13 de diciembre de 2004, sobre las medidas de seguridad y datos biométricos en los pasaportes y documentos de viaje expedidos por los Estados Miembros.

 

No se tomarán huellas dactilares si el solicitante

  • permanentemente incapaces de proporcionar huellas dactilares,
  • temporalmente incapaz de proporcionar huellas dactilares,
  • no puede comparecer debido a su estado de salud y así lo certifique por escrito el médico tratante.

 

La solicitud del menor o de la persona bajo tutela deberá ser presentada y firmada por su representante legal.

La solicitud también podrá presentarse por correo al funcionario consular en el extranjero si:

  • la apariencia personal causaría dificultades desproporcionadas, siempre que no se requiera que el elemento de almacenamiento del pasaporte contenga datos de huellas dactilares como se indica a continuación:
    • el solicitante aún no ha cumplido los 12 años,
    • permanente o temporalmente incapaz de proporcionar huellas dactilares,
    • no puede comparecer debido a su estado de salud, y así lo certifique por escrito su médico tratante.
 

Documentos necesarios para la solicitud en caso de ser un solicitante mayor de edad:

  • un documento oficial válido (documento de identidad, pasaporte, permiso de conducir en formato tarjeta) emitido por una autoridad húngara o caducado en el último año, adecuado para acreditar su identidad,
  • y, si lo tiene, un documento de identidad oficial que acredite su identificación personal y domicilio (tarjeta de dirección),
  • un certificado de nacimiento o de matrimonio de un solicitante ciudadano húngaro que no tenga un documento de identidad oficial válido para demostrar su identidad o un documento de identidad oficial emitido por una autoridad húngara y vencido dentro de un año (si el solicitante no tiene uno y los datos en el registro de datos personales y de direcciones no coinciden con los datos del documento o documento presentado, la autoridad de pasaportes o la autoridad que participe en el procedimiento tomará medidas de oficio para establecer la identidad),
  • un documento que acredite la ciudadanía húngara, tal como se especifica en una ley separada, si el solicitante no figura en el registro de datos personales y direcciones,
  • si no puede proporcionar sus datos dactilares de forma permanente, un certificado médico a tal efecto, a menos que pueda demostrarse claramente sin un certificado.
 

Documentos necesarios para la solicitud en caso de solicitante menor de edad:

  • en el caso de un menor de edad o de un solicitante bajo tutela, documento de identidad oficial vigente del padre (representante legal) que acredite la identidad, la decisión de tutela o nombramiento de tutela o el certificado del tutor institucional de existencia de tutela institucional,
  • para la solicitud de un menor o de una persona bajo tutela, si solo uno de los padres está presente en persona al momento de presentar la solicitud, y el otro padre no realizó la declaración de consentimiento requerida para la emisión del documento de viaje electrónicamente, se debe adjuntar a la solicitud la declaración de consentimiento en papel, o se debe presentar un documento que certifique la terminación o suspensión de la supervisión parental (patria potestad),
  • fotografía de identificación si el solicitante menor de 12 años no se presenta personalmente.

En cuanto a la solicitud de pasaporte, la autoridad general de pasaportes o el funcionario consular - con excepción del trámite de poder por razones de salud - elabora una solicitud electrónica con contenido de datos correspondiente a la solicitud, que incluye la propia firma del solicitante, si ha cumplido 12 años y no es analfabeto o incapaz de escribir, así como su fotografía facial y - de conformidad con el Utv. con excepción del artículo 7(4) - los datos de huellas dactilares, así como la inscripción sobre la invalidación o devolución del pasaporte anterior en posesión del solicitante.

 
Recogida de pasaporte:

El pasaporte privado emitido se puede recoger personalmente:

  • en el exterior ante el funcionario consular, personalmente o por medio de un representante legal o apoderado,
  • se tarda aproximadamente 1 mes en preparar el pasaporte y enviarlo al consulado.

Tenga en cuenta que no existe ninguna opción para agilizar el procedimiento.

 
Forma de pago: mediante tarjeta bancaria al presentar la solicitud (excepto American Express).
 

Tarifa por servicio administrativo para un pasaporte privado emitido a un solicitante adulto:

  • pasaporte privado válido por 10 años se paga $ 104 USD
  • para un pasaporte privado válido por 1 año (no incluye huellas dactilares) se paga $ 63 USD
 

Tarifa por servicio administrativo de un pasaporte privado emitido a un solicitante menor de 12 años:

  • para un pasaporte privado válido por 3 años para menores de 6 años, se paga $ 79 USD,
  • pasaporte privado válido por 5 años para edades de 6 a 12 años se paga $ 79 USD,
  • en el caso de un representante legal que cría a tres o más niños menores de edad en su hogar, la tarifa para emitir un pasaporte privado para un niño menor de 12 años es de $ 63 USD.

 

Tarifa de servicio administrativo para un pasaporte privado emitido a un solicitante menor de edad entre 12 y 18 años:

  • pasaporte privado válido por 5 años para edades de 12 a 18 años: $ 91 USD,
  • en el caso de un representante legal que cría tres o más niños menores de edad en su hogar, la tarifa para emitir un pasaporte privado para un niño menor de edad es de $ 79 USD.
 

Trámites gratuitos:

  • exclusivamente en caso de procedimiento iniciado por registro o decisión de la autoridad ilícita, incorrecta u omitida,
  • en caso de defecto de fabricación del documento anterior,
  • en caso de mal funcionamiento del elemento de almacenamiento del documento anterior, o si el elemento de almacenamiento contiene incorrectamente los datos del ciudadano o del documento especificados en el registro de documentos de viaje, según lo especificado por la ley.
 
Validez del pasaporte emitido:
  • 3 años hasta que el cliente cumpla 6 años, plazo que se computará a partir del mes y día del cumpleaños del cliente siguiente a la fecha de emisión del documento,
  • para los de 6 a 18 años, 5 años, plazo que deberá computarse a partir del mes y día del cumpleaños del cliente siguiente a la fecha de expedición del documento,

Para mayores de 18 años, 10 años, plazo que deberá computarse desde el mes y día del cumpleaños del cliente anterior a la expedición del documento.

El período de validez es de 1 año en el caso de que el elemento de almacenamiento del documento emitido a un solicitante que haya cumplido 12 años no contenga datos de huellas dactilares porque el solicitante

  • temporalmente incapaz de proporcionar huellas dactilares,
  • no puede comparecer personalmente debido a su estado de salud, y así lo certifique por escrito el médico tratante.

Si el cliente nació el 29 de febrero y falta este día en el año de vencimiento, el pasaporte privado vence el 28 de febrero.